

El 17 de octubre, el Consejo de Ministros dio luz verde a un real decreto que tiene como objetivo unificar la legislación en España en lo que respecta a la identificación, registro y trazabilidad de los animales. Este paso se enmarca en la nueva normativa comunitaria y representa un cambio significativo en la regulación actual.
El nuevo real decreto consolida las diversas disposiciones relativas a la identificación y registro animal, que hasta ahora se encontraban dispersas en normativas específicas para cada tipo de animal, como bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, equinos, aves de corral, lepóridos (liebres y conejos) y abejas.
Además, esta normativa incluye especies animales que no contaban con regulación previa, como camélidos, cérvidos, especies peleteras y psitácidas (loros, periquitos, etc.).
Entre las novedades más destacadas, el real decreto incorpora la identificación electrónica de bovinos y permite el uso del documento de identificación de estos animales para desplazamientos a otros Estados miembros. También se regula la identificación individual de camélidos, cérvidos y aves psitácidas en casos de movimientos con destino a otros Estados de la Unión Europea.
Con la entrada en vigor de esta nueva normativa, se derogarán los diferentes reales decretos que regían la identificación y registro de animales, tales como bovinos, ovinos, caprinos, porcinos y equinos.
Además, se realizarán modificaciones en las normativas que establecen y regulan el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN), el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y el Registro de Movimientos de las especies de interés ganadero (REMO). También se abordarán aspectos relacionados con la identificación de las distintas especies animales en los reglamentos de ordenación.