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Campaña difusión y promoción de la marca local Senda Vivir Seguros 2026

Hasta 6.000€ (IVA incluido) por correduría, para acciones de publicidad y marketing

SENDA pone en marcha un programa de ayudas para reforzar tu marca local junto a Senda Vivir Seguros, aumentando tu visibilidad y fortaleciendo tu posicionamiento en el mercado. SENDA realiza el pago al proveedor una vez esté aprobado el proyecto y presentada la documentación correspondiente.

Cómo solicitar la ayuda

¿Qué acciones pueden financiarse?

La ayuda puede destinarse a iniciativas de promoción y marketing como:

  • Publicidad exterior
  • Radio y televisión local
  • Desarrollo o renovación de páginas web
  • Vídeos promocionales
  • Redes sociales
  • Street marketing
  • Patrocinios y eventos
  • Material corporativo
  • Rotulación de oficinas
  • Otras acciones alineadas con los objetivos del programa

¿Quién puede solicitarla?

Podrán acceder las corredurías que:

  • Sean socias de SENDA Brokers.
  • Estén al corriente de sus obligaciones con SENDA.
  • Tengan correctamente implantada la marca SENDA.
  • Cumplan la normativa y el Reglamento de Marca.

Además, será necesario mantener la condición de socio de la organización hasta el 31 de diciembre de 2026.

Consulta las Bases

Haz crecer tu marca con el respaldo de SENDA

Aprovecha esta oportunidad para potenciar la presencia de tu correduría, generar nuevas oportunidades de negocio y reforzar el valor de la marca Senda Vivir Seguros en tu mercado local.

Calendario

  • Firma del Acuerdo Marco: hasta el 31 de octubre.
  • Presentación de proyectos: del 1 de abril al 30 de noviembre.
  • Aprobación: hasta el 10 de diciembre.
  • Ejecución y justificación: hasta el 31 de diciembre de 2026.

Proceso de Solicitud

Firma del
Acuerdo Marco

Presentación del proyecto de marketing

Evaluación y aprobación del Comité de Marca

Ejecución de
la campaña

Presentación de resultados

Pago al proveedor por parte de SENDA

Bases de la ayuda 2026

1. OBJETO Y FINALIDAD

El presente programa de ayudas tiene como objetivo fortalecer la marca de las corredurías socias de SENDA BROKERS DE SEGUROS, A.I.E., en convivencia con la marca común “Senda Vivir Seguros”, mediante la financiación de acciones de publicidad y marketing en el ámbito local.

La finalidad es generar sinergias entre ambas marcas, incrementar su visibilidad en los mercados locales y favorecer la generación de nuevas oportunidades de negocio.

Este programa no solo tiene una finalidad promocional, sino también estratégica, orientada a reforzar la cohesión de la marca común y el posicionamiento conjunto de las corredurías dentro del mercado.

Asimismo, la presente ayuda constituye una medida interna, extraordinaria, voluntaria y condicionada, orientada al interés colectivo de la agrupación, y no exclusivamente al beneficio individual de cada correduría.

2. OBJETIVOS DEL PROGRAMA

  • Reforzar la alianza entre las corredurías y la marca común Senda Vivir Seguros.
  • Incrementar la visibilidad de ambas marcas en el ámbito local.
  • Generar nuevas oportunidades comerciales y fidelización de clientes.
  • Potenciar la percepción profesional del sector asegurador.

3. ACTIVIDADES OBJETO DE LA AYUDA

Podrán ser objeto de ayuda las siguientes acciones, siempre que estén orientadas a la promoción de marca en el ámbito local:

  • Publicidad exterior
  • Publicidad en radio
  • Publicidad en televisión local
  • Desarrollo o renovación web
  • Vídeos promocionales
  • Redes sociales
  • Street marketing
  • Patrocinios, eventos y relaciones públicas
  • Material promocional corporativo
  • Rotulación de oficinas

Se podrán presentar otras acciones, siempre que estén debidamente justificadas y alineadas con los objetivos del programa.

4. IMPORTE DE LA AYUDA

El importe máximo de la ayuda será de 6.000 euros (IVA incluido) por correduría.

La ayuda se materializará mediante el pago directo por parte de SENDA al proveedor correspondiente, previa validación de la documentación exigida.

5. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

Para poder acceder a la ayuda, las corredurías deberán cumplir todos los siguientes requisitos:

  • Ser socio de SENDA BROKERS
  • Estar al corriente de pago de cualesquiera cuotas, aportaciones, servicios o cantidades exigibles frente a SENDA, tanto en el momento de la solicitud como durante el mismo año natural (2026)
  • Tener correctamente implantada la marca SENDA, conforme al Reglamento de Uso de Marca y a los criterios definidos por la organización (presencia, convivencia de marca y correcta aplicación en soportes)
  • No haber incumplido normas o estatutos de la organización

Requisito de elegibilidad, continuidad y compromiso de permanencia

La aceptación de la ayuda implica el compromiso expreso de la correduría de mantener su condición de socio hasta el 31 de diciembre de 2026, constituyendo este compromiso una condición esencial, causal y determinante para la concesión de la ayuda.

La permanencia mínima no limita el derecho estatutario de separación, pero en caso de que la correduría cause baja, solicite su salida o incurra en una situación incompatible con la permanencia dentro de dicho plazo, SENDA podrá revocar la ayuda y exigir el reintegro íntegro de las cantidades abonadas, sin que ello tenga carácter sancionador.

6. PROCEDIMIENTO Y FASES

6.1 Firma del Acuerdo Marco
La firma del Acuerdo Marco será requisito previo para la concesión de la ayuda.

6.2 Presentación de proyectos
El proyecto deberá incluir:

  • Descripción detallada de la acción
  • Proveedor
  • Presupuesto
  • Estimación de impactos
  • Material gráfico explicativo

6.3 Aprobación
El proyecto será evaluado por el Comité de Marca de SENDA o el órgano interno que tenga atribuidas dichas funciones, que valorará la adecuación del mismo a los objetivos del programa, la correcta implantación de marca y su coherencia estratégica.

6.4 Ejecución
Las acciones deberán ejecutarse dentro del ejercicio correspondiente.

6.5 Memoria justificativa

Se deberá presentar una memoria con: Resultados obtenidos / KPIs / Impacto de la campaña

6.6 Facturación

Todas las facturas de proveedores deberán presentarse antes del 31 de diciembre de 2026 y emitirse con los siguientes datos:

SENDA BROKERS DE SEGUROS, A.I.E.
CIF: V27229376
Domicilio: C/ José Abascal, 44, 4.ª planta, 28003 Madrid

MUY IMPORTANTE — CONCEPTO OBLIGATORIO EN LA FACTURA

“Servicios de difusión/publicidad de la marca SENDA VIVIR SEGUROS en medios locales, realizados a través de la correduría [nombre del socio] – 2026”.

La factura deberá incluir este concepto completo, sustituyendo [nombre del socio] por el nombre de la correduría correspondiente.

 

7. CRITERIOS DE VALORACIÓN

Se valorarán:

  • Sinergia entre marcas
  • Adaptación al mercado local
  • Creatividad y originalidad
  • Medición de resultados
  • Impacto comercial

8. CONCESIÓN DE LA AYUDA

La ayuda se concederá mediante el pago directo a proveedores, una vez verificado:

  • Cumplimiento de las bases
  • Aprobación del proyecto
  • Presentación de documentación completa

El cumplimiento de los requisitos no otorgará por sí solo derecho automático a la ayuda.

La concesión quedará supeditada, en todo caso, al acuerdo expreso del órgano competente de SENDA, que resolverá discrecionalmente atendiendo al interés social de la agrupación, adecuación estratégica del proyecto, correcta implantación de marca, presupuesto disponible y coherencia con los fines comunes de SENDA.

9. CONDICIÓN RESOLUTORIA, INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO

La concesión de la ayuda tiene carácter condicionado y queda sujeta al cumplimiento íntegro de las presentes bases y del Acuerdo Marco.

El incumplimiento dará lugar a la revocación de la ayuda y al reintegro total, como consecuencia de la pérdida de las condiciones que motivaron su concesión, sin carácter sancionador.

En particular, se considerará incumplimiento:

  • La desviación respecto al proyecto aprobado
  • El uso incorrecto de la marca
  • El incumplimiento de las bases
  • La pérdida de la condición de socio de SENDA por cualquier causa dentro del periodo comprendido entre la firma del Acuerdo Marco y el 31 de diciembre de este año 2026.
  • La solicitud o utilización de la ayuda en un contexto en el que no exista una voluntad real de permanencia en la organización

El reintegro deberá realizarse en un plazo máximo de 30 días naturales desde el requerimiento de SENDA.

10. PLAZOS DEL PROGRAMA

El presente programa de ayudas se regirá por los siguientes plazos, que tendrán carácter obligatorio y vinculante:

  • Firma del Acuerdo Marco: hasta el 31 de octubre de 2026.
  • Presentación de proyectos: desde el 1 de abril de 2026 hasta el 30 de noviembre de 2026.
  • Aprobación de proyectos: hasta el 10 de diciembre de 2026.
  • Ejecución de las acciones: desde la fecha de aprobación hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Presentación de memoria justificativa: hasta el 31 de diciembre de 2026.
  • Presentación de facturas: hasta el 31 de diciembre de 2026. Unicamente se aceptarán facturas con fecha de 2026
  • Realización de pagos: Los pagos podrán realizarse hasta 30 días después de la presentación de las facturas.

El incumplimiento de cualquiera de los plazos anteriores implicará la pérdida automática del derecho a la ayuda, sin perjuicio de otras responsabilidades que pudieran derivarse.

No se admitirán excepciones, prórrogas ni ampliaciones de plazo, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y expresamente aceptada por SENDA.

11. USO INDEBIDO Y FRAUDE

SENDA podrá exigir el reintegro inmediato de la ayuda en caso de detectar que la misma ha sido solicitada o utilizada sin voluntad real de permanencia o con finalidad distinta a la prevista.

Prevalencia del Acuerdo Marco

En caso de discrepancia entre las presentes bases y el Acuerdo Marco de financiación, prevalecerá lo dispuesto en este último, que tendrá carácter contractual y vinculante para las partes.

12. COMPROMISOS DE LAS PARTES

Correduría:

  • Ejecutar correctamente las acciones
  • Difundir las campañas
  • Colaborar en la medición de resultados

SENDA:

  • Apoyo técnico y de marca
  • Evaluación de resultados

13. ACEPTACIÓN

La participación en el programa implica la aceptación íntegra de las presentes bases y del Acuerdo Marco de financiación.

14. NORMATIVA APLICABLE

El presente programa queda sujeto al Reglamento de Marca de SENDA, a la normativa interna de la organización, al Acuerdo Marco de financiación y a los acuerdos válidamente adoptados por los órganos competentes de SENDA.